2.7. La Relatoría Especial
de la OEA
A raíz de la Conferencia de Guatemala, el secretario general de
la Organización de Estados Americanos (OEA), César Gaviria, manifestó
su compromiso con la libertad de expresión como punto "central y preeminente"
de la agenda hemisférica. Así, en la Asamblea General de la OEA,
celebrada en Caracas (Venezuela) en julio de 1998, se incluye en la agenda
de debates los atentados contra la libertad de expresión y los
crímenes contra periodistas, con una resolución que, además
de "condenar enérgicamente" estos hechos delictivos,
insta a los Gobiernos de la región a a la su persecusión
y castigo.
También en 1988, durante la II Cumbre de las Américas, celebrada
en Santiago de Chile, se aprobaba una declaración a favor de "una prensa
libre" y de reconocimiento de "la importancia de garantizar la libertad
de expresión, de información y de opinión", al tiempo que apoyaban la
creación de un Relator Especial para Libertad de Expresión en el marco
de la Organización de Estados Americanos, adscrita a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
En la III Cumbre de las Américas, celebrada en 2001 en Québec (Canadá),
dentro del Plan de Acción aprobado por los jefes de Estado, se incluye
un apartado dedicado a los medios de comunicación, en el que se reconoce
que éstos "desempeñan un papel importante en la promoción de una cultura
democrática", por lo que se pide que "estén libres de intervenciones arbitrarias
del Estado". En esta ocasión, desde la posición política de los Estados,
se enuncia por primera vez la responsabilidad de los medios en el ejercicio
de la libertad de expresión, por lo que se pide la "autorregulación" del
sector, en la que se incluyan "normas de conducta ética, para que se tomen
en cuenta las preocupaciones de la sociedad civil".
En el espacio geopolítico de la OEA, la aparición de la Relatoría Especial
sobre Libertad de Expresión ha supuesto la elevación de las denuncias
y el análisis pormenorizado de los casos al nivel de la agenda de los
Gobiernos y de las relaciones internacionales en la región. Anualmente,
el relator emite un informe detallado sobre las violaciones registradas
en materia de libertad de expresión. Se trata, sin duda, de un instrumento
que estimula una cultura nueva en el tratamiento del problema, especialmente
en aspectos que atañen a conductas restrictivas de la libertad, muy arraigadas
en algunas Administraciones.
En octubre de 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),
a la que se adscribe la Relatoría sobre Libertad de Expresión, aprobó
una Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión en la que
se amplía el ámbito de los actores comprometidos en el proceso de transición
democrática y se apunta riegos para la libertad de expresión cuyo origen
reside en la titularidad de las empresas de la comunicación y, más concretamente,
en los procesos de concentración.
La Declaración de la CIDH incluye trece principios, en los que no sólo
se reconoce la libertad de expresión como "un requisito indispensable"
para la existencia de una sociedad democrática, sino que se define explícitamente
el derecho a la información: "Toda persona tiene el derecho a buscar,
recibir y difundir información y opiniones libremente (...) con igualdad
de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier
medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive
los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición social". La declaración entiende que no pueden
existir condicionamientos previos a la libertad de expresión y que ningún
Estado puede establecer cautelas referidas a la "veracidad, oportunidad
o imparcialidad" de los contenidos, ni violar el "derecho [del periodista]
a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales
y profesionales". Asimismo, señala que los funcionarios públicos están
sujetos a un mayor control por parte de la sociedad, por lo que "las leyes
que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos,
generalmente conocidas como 'leyes de desacato', atentan contra la libertad
de expresión y el derecho a la información".
En el punto doce, la declaración enuncia tímidamente los problemas para
la libertad de expresión derivados de la propiedad de los medios: "Los
monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los medios de comunicación
deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuanto conspiran contra
la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el
pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos". Y concluye
con una advertencia en la que se definen problemas frecuentes en el juego
político de las Administraciones: "La utilización del poder del Estado
y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias;
la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos
oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre
otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar
a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función
de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben
estar expresamente prohibidos por la ley".
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