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2. DECLARACIONES SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN

2.5. Declaración de Quito (1995)

Con ocasión del Festival de la Radio y la Televisión Comunitaria y Popular de América Latina y el Caribe, celebrado en Quito (Ecuador) en noviembre de 1995, diversas organizaciones, entre ellas la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), el CIESPAL, la FELAFACS y la FIP, firman la llamada Declaración de Quito, en la que, además de suscribir lo acordado un año antes en Santiago de Chile en la reunión de la Unesco, plantean un marco sobre la libertad de expresión externos o menos afín con la matriz mercantil subyacente en las propuestas de la SIP. Aboga a favor de la coexistencia, en un marco de libertad, de los medios comerciales y de los de carácter comunitario y popular. Así, desde su primer punto, introduce matices diferenciales, al vincularla a un criterio de justicia social: "La libertad de expresión, derecho fundamental e inalienable de la persona y de los pueblos, se afirma sobre la justicia social y constituye la mejor garantía de la democracia y la paz". Reclama una posición para la sociedad civil en la gestión de la expresión cuando señala que ésta "puede y debe ejercer la libertad de expresión a través de medios de comunicación propios que le den voz e imagen públicas y le permitan ser sujeto de su propio desarrollo".

La Declaración de Quito reivindica un papel de pluralidad democrática para los medios comunitarios cuando señala que en tiempos de globalización y homogeneización crecientes "las radios y televisoras comunitarias y populares se convierten en espacios de participación ciudadana donde se expresan todas las voces y se defiende la diversidad de idiomas y culturas. El derecho a ser y pensar diferente, a tener gustos y aspiraciones distintas, se vuelve hoy un imperativo de la democracia". Y define su papel en "la defensa de los Derechos Humanos, el respeto a la identidad étnica, la preservación del medio ambiente, el protagonismo de los jóvenes, la protección de la niñez y la tercera edad, la educación y la salud, la denuncia de la corrupción, así como la integración regional". En la Declaración se hace un alegato contra las trabas a la libertad de expresión desplegadas por quienes desde posiciones mercantiles niegan el desarrollo de estos medios: "Repudiamos las acciones de algunos gobiernos y propietarios de medios destinadas a entorpecer la labor de los medios comunitarios y populares. El cierre arbitrario de emisoras, la confiscación de equipos, la detención de periodistas y comunicadores, la negativa o demora injustificada en la asignación de frecuencias, atentan contra la libertad de expresión y deben ser condenadas". Por ello, se estima que los Gobiernos "no solamente deben autorizar, sino garantizar la existencia de los medios de comunicación comunitarios y populares como una tercera forma de propiedad, la social, con igual categoría que la privada comercial y la estatal".

Aboga por una dimensión ética de la comunicación, en todas sus expresiones: "Los medios de comunicación estatales, comerciales o sociales -señala-, deben cumplir con el espíritu del servicio público y la responsabilidad social del periodismo, respetando los derechos laborales de los periodistas y demás trabajadores de la comunicación, rigiéndose en sus programaciones a un mismo código de ética y promoviendo valores nacionales y humanistas entre la población".

Incluso en esta declaración, que tiene un corte más social, no se aborda el problema de la dignidad laboral del periodista, esto es la sujeción a condiciones salariales y de trabajo adecuadas para el desempeño de una función para la que se reclama un alto grado de independencia. Como señala la Federación Internacional de Periodistas (FIP) en su código de valores, "no puede existir libertad de prensa si los periodistas viven en condiciones de corrupción, pobreza o miedo".