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Venezuela ha sufrido un retroceso importante en los indicadores de libertad de prensa de los principales observatorios internacionales así como en la clasificación anual de Reporteros Sin Fronteras (RSF), donde ha caído hasta el puesto 124. “La creación de una arquitectura legal para debilitar el funcionamiento de los medios de comunicación, el descrédito verbal, el acoso judicial y las agresiones en contra de los periodistas” son algunos de los denominadores de este país, según las conclusiones del foro que organizó la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y el Bloque Venezolano de Prensa (BVP) en Venezuela en 2009.
El retroceso importante de Venezuela en términos comparativos con otros países de América Latina se acrecienta al contar con un periodista asesinado en un contexto de inseguridad elevada, y “donde el gobierno de Hugo Chávez modifica permanentemente las reglas para eliminar progresivamente cualquier prensa crítica del paisaje audiovisual hertziano”, según RSF. La confiscación inopinada, en agosto de 2009, de las frecuencias de 34 canales y emisoras regionales, responde directamente a este objetivo.
El Instituto Internacional de la Prensa (IPI) condenó la muerte de Orel Sambrano, de 62 años, editor del semanario ABC de la Semana, vicepresidente de Radio América y columnista para el periódico Notitarde, que fue asesinado en un suburbio de Valencia, 150 km al oeste de Caracas, el pasado 16 de enero de 2009. Según el IPI, el periodista había cubierto recientemente varios casos de tráfico de drogas, entre los que se encuentran uno que incluye la supuesta participación de la familia Makled, una empresa familiar influyente en la región.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) también reiteró su condena por el asesinato de Sambrano e informó que el 17 de febrero y el 23 de julio de 2009 fueron detenidos dos de los presuntos autores materiales e intelectuales del crimen. La CIDH valoró positivamente “este avance en el esclarecimiento de los hechos e insta al Estado a adoptar todas las medidas a su alcance para garantizar la vida y la integridad personal de los comunicadores sociales en Venezuela”.
El 6 de septiembre de 2009, William Alexander Hurtado Rivas, chofer del diario Las Noticias de Cojedes, murió tras recibir un impacto de bala en la cabeza la noche anterior, cuando trasladaba al personal del diario a sus hogares. El crimen ocurrió en el sector Limoncito, del estado Cojedes, en el centro del país, según informó el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS).
La Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe (FEPALC) condenó enérgicamente los actos de violencia contra los periodistas venezolanos y expresó su profunda preocupación por el inminente deterioro de la libertad de expresión en este país.
El primer mes del año fue bastante virulento en cuanto a las agresiones que se cometieron contra periodistas en Venezuela, según el último informe de la CIDH. El 13 de enero personas no identificadas dispararon e hirieron en la cabeza al periodista Rafael Finol del diario El Regional de Acarigua y el 20 de enero la reportera gráfica del diario El Nuevo País, Cecilia Rodríguez, denunció haber sido golpeada por un grupo de manifestantes del partido político Unión Popular Venezolana (UPV), afín al Gobierno. También en enero, miembros de La Piedrita arrojaron bombas lacrimógenas a la residencia del director de RCTV, Marcel Granier.
Un mes después, miembros de la Policía Municipal de Valencia y del Ejército Nacional habrían arrebatado la cámara de Wilmer Escalona, fotógrafo del periódico NotiTarde, cuando cubría una convocatoria de prensa en un hospital. De acuerdo con la información recibida por la CIDH, los oficiales borraron las fotografías y obligaron al reportero gráfico a salir del nosocomio.
Según la Federación Internacional de Periodistas (FIP), “tal vez el signo característico del caso Venezuela sea el asedio, el hostigamiento constante y la discriminación en el acceso a las fuentes a que están sometidos los reporteros durante su labor cotidiana, por parte de voceros gubernamentales o parciales del Gobierno”.
El 22 de julio de 2009, miembros del Destacamento 88 de la Guardia Nacional habrían decomisado material audiovisual de los equipos periodísticos de RCTV Internacional y Globovisión en Puerto Ordaz, en el estado Bolívar. Los comunicadores se encontraban cubriendo la asamblea de trabajadores de la empresa Siderúrgica del Orinoco (Sidor). La “medida fue adoptada porque los periodistas se encontraban sin autorización en la sede de la empresa pese a que habían sido invitados por los trabajadores”, según el informe de la Relatoría Especial. El material incautado habría sido puesto a disposición de la Fiscalía Militar, que se encargaría de evaluar si las imágenes registradas comprometen la seguridad del Estado.
Freedom House (FH) también denunció los ataques violentos que se perpetraron contra los medios de comunicación en Venezuela durante 2009, tales como tiroteos y ataques ocurren con regularidad.
El 5 de agosto de 2009, el camarógrafo de Globovisión Robmar Narváez, y su asistente Jesús Hernández, fueron detenidos por miembros de la 13ª Brigada de Infantería del Ejército de la ciudad de Barquisimeto, en el estado Lara, mientras captaban las imágenes de un mural cuyos dibujos amanecieron con pintas rojas y símbolos de mordaza. La información recibida indica que los militares impidieron la filmación y que luego se acercaron a Narváez para exigirle su credencial de periodista. El camarógrafo, sin embargo, mostró solamente una cédula de identidad. Narváez y su asistente habrían sido entonces conducidos a una base militar donde permanecieron detenidos cerca de tres horas.
La reportera Daniella Morrel y el cámara del canal RCTV Internacional José Ángel fueron agredidos por efectivos de la policía cuando cubrían una protesta de transportistas que reclamaban la demora en la construcción de una vía al oeste del país el 26 de agosto de 2009. Según informó el IPYS, “en medio de un enfrentamiento entre manifestantes y policías, un grupo de efectivos increpó a la periodista por estar en la zona, le quitaron su micrófono y destruyeron el taco de éste que identificaba al medio de comunicación. Al tiempo, otros efectivos hirieron con cuatro perdigones en las piernas a José Ángel Colmenares, que intentaba proteger a su compañera”.
El 3 de agosto de 2009 la sede de Globovisión fue atacada por un grupo de individuos que se identificaron como miembros de la UPV, liderados por Lina Ron, una persona afín al Gobierno actual. Los atacantes ingresaron armados en la sede del canal, arrojaron bombas lacrimógenas al interior e intimidaron a los trabajadores. Una integrante de la Policía Metropolitana y un trabajador de la empresa que resguardaban la seguridad del local resultaron heridos.
El 4 de agosto de 2009 Roberto Tobar y Emiro Carrasquel, miembros del equipo periodístico del canal estatal Venezolana de Televisión (VTV), y Renzo García, periodista de Color TV, fueron agredidos en el estado de Aragua por un grupo de manifestantes presuntamente afines a la oposición. De acuerdo con la información recibida, los agresores eran parte de un grupo de personas que protestaba por la ejecución de la medida judicial para el allanamiento de la vivienda de la corresponsal de Globovisión Carmen Elisa Pecorelli.
El ataque físico, con palos y objetos contundentes, a 12 periodistas de los diarios Ultimas Noticias, El Mundo y Líder, de la cadena Capriles, durante una movilización en defensa de la libertad de expresión el 13 de agosto, “no hizo más que develar la intolerancia reinante entre los sectores afines al gobierno que ven en la fuerza la única arma para silenciar las voces críticas a la acción gubernamental”, según la nota publicada por la FIP.
El 30 de agosto de 2009, un grupo de trabajadores del canal de televisión comunitario Montaña TV, con señal al oeste del país, denunció que fueron golpeados y despojados de una cámara de video cuando cubrían una marcha convocada por sectores opositores al gobierno de Hugo Chávez, que se realizó el 29 de agosto. La manifestación pasó frente a la sede de la oficina regional del Ministerio de Educación, donde se produjo un enfrentamiento entre simpatizantes y opositores al Gobierno. Allí, resultaron agredidos los trabajadores del medio comunitario.
Igor Balboa y Lucía Urdaneta, cámara y reportera del canal de la Universidad Rafael Urdaneta, Urbe Televisión, fueron agredidos por policías del Municipio de San Francisco, en el estado Zulia, al oeste del país el 6 de noviembre, según las informaciones de la FIP.
El periodista del Diario Extra de Monagas, Romer Badell, fue insultado y golpeado por José Fermín, coordinador de los Servicios Públicos de la Alcaldía del municipio Ezequiel Zamora, en el estado Monagas, ubicado al este del país, el 9 de diciembre. Badell denunció lo ocurrido ante la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía y la subdelegación Punta de Mata del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).
El mismo día, simpatizantes del oficial Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) insultaron y agredieron a empujones a Jorge Villet Salas, periodista del diario Cambio de Siglo y conductor del programa De frente a frente, que se emite por la emisora CDR 98.7 FM, cuando éste cubría una rueda de prensa convocada por el gobernador del estado de Mérida, Marcos Días Orellana. Según el periodista, fue el propio partido el que lo convocó a la rueda de prensa. En el lugar intentó recoger las impresiones de las autoridades sobre los hechos de violencia suscitados en la ciudad de Mérida el 8 de diciembre, cuando un grupo de vecinos quemó una de las oficinas de la empresa estatal de electricidad Corpoelec, en protesta por los constantes cortes de luz.
En relación con estos actos de violencia, la CIDH exhortó al Estado venezolano a investigar la existencia de estos grupos de choque que en ocasiones utilizan la violencia y proceder a su desarme y desmantelamiento de la manera más completa y con la mayor celeridad posible, ya que, como lo ha indicado la CIDH, “éstos son motores de actos de violencia y amenaza directa a diversos sectores de la población venezolana”.
En cuanto a los mecanismos existentes para proteger a los medios de comunicación y a los periodistas que han sido amenazados por cuestiones relativas a su línea editorial, el Estado, en una comunicación del 13 de agosto de 2009, señaló que: “La víctima que haya formulado la denuncia podrá obtener alguna medida de protección conforme a la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales la cual estipula que las mismas podrán ser ‘informales, administrativas, judiciales y de cualquier otro carácter en procura de garantizar los derechos de las personas protegidas. (…)La protección de la ley no distingue si la persona agraviada es no periodista, ya que la ley prevé igual protección para todos los ciudadanos, en los casos de los medios de comunicación por ser personas jurídicas en sentido estricto no pueden gozar de las medidas de protección por ser una entidad abstracto, en este sentido la protección recaerá sobre el personal del medio de comunicación o de los periodistas que allí laboran, pues tal y como lo estipula la ley son los únicos que pueden ser considerados víctimas”
En el mismo documento, el Estado recordó los lamentables hechos relacionados con el golpe de Estado de 2002 para justificar algunas posibles restricciones a los medios de comunicación. A este respecto, en sus observaciones al presente Informe, el Estado indicó: “Ante esta realidad los medios de comunicación privados optaron por violar el derecho a la libertad de expresión de los venezolanos y las venezolanas, negándose a difundir información sobre estos hechos, limitándose a difundir películas y dibujos animados.
La Federación Internacional de Periodistas advirtió en una nota de prensa que “la continua guerra contra los medios, que practican el Presiente Hugo Chávez y su gobierno puede resultar desastrosa para la democracia venezolana”.
Las principales instituciones que monitorean los indicadores de la libertad de prensa mostraron su preocupación por la aplicación de las instituciones propias del derecho penal para limitar o inhibir discusiones públicas de la mayor relevancia. Éste es el caso de las figuras del desacato y del “vilipendio” tal y como se encuentran consagradas en las normas antes citadas del Código Penal de Venezuela.
La CIDH y su Relatoría Especial formularon de manera reiterada sus objeciones frente a la existencia de leyes penales de desacato como las que acaban de ser expuestas. En su criterio, las leyes de desacato “están en conflicto con la convicción de que la libertad de expresión y de opinión es la ‘piedra de toque de todas las libertades a las cuales se consagran las Naciones Unidas’ y ‘una de las más sólidas garantías de la democracia moderna’”. En tal medida, las leyes de desacato son una restricción ilegítima de la libertad de expresión, porque: no responden a un objetivo legítimo bajo la Convención Americana, y no son necesarias en una sociedad democrática.
Por otra parte, la CIDH explicó su disconformidad con respecto a las normas de difamación, injuria y calumnia, particularmente, “cuando se utilizan para procesar a quienes han hecho valoraciones críticas sobre asuntos de interés público, sobre personas que tienen relevancia pública o sobre el funcionamiento de las instituciones” y también cuestionó el uso del derecho penal para proteger la “honra” o “reputación” de ideas o instituciones.
En opinión de la CIDH, “el texto de la norma impide distinguir la frontera entre el ejercicio admisible de la libertad de expresión respecto de la institución armada y el ámbito de aplicación de la prohibición legal. Dado que no existe ninguna certeza sobre cuál es el comportamiento considerado ilícito, cualquier expresión que pueda ser interpretada por cualquier persona como una crítica a las Fuerzas Armadas podría estar subsumida en la descripción típica del artículo en cuestión”.
En este sentido, la Corte Interamericana ha señalado claramente que cualquier limitación consagrada en el ordenamiento penal debe responder al principio de estricta legalidad. En virtud de la interpretación que las autoridades han dado a estas disposiciones, el Presidente de la República está autorizado para transmitir todos sus discursos y presentaciones de forma simultánea, a través de todos los medios de comunicación mencionados en las normas precedentes, sin límite de tiempo alguno. Bajo este fenómeno, comúnmente conocido como “cadenas presidenciales”, los medios de comunicación públicos y privados de señal abierta en Venezuela están obligados a conectarse a la frecuencia del principal canal estatal, Venezolana de Televisión (VTV), y transmitir las declaraciones del primer mandatario cada vez que éste lo considere necesario o conveniente.
Diversos casos ilustran estas denuncias, como los informados por la FIP, que también solicitó la liberación del periodista Gustavo Azócar, que se encuentra en prisión por un caso en el que él afirma haberse visto desposeído de sus derechos. Está acusado de no haber respetado ciertos procedimientos administrativos. Por su parte, el Sindicato Nacional de la Prensa de Venezuela, afiliado a la FIP, considera que Azócar es víctima de un acto de represalia política por sus denuncias de corrupción en sectores gubernamentales.
El 8 de diciembre de 2009, fue ratificada la medida privativa de libertad contra el periodista Leocenis García, detenido por los presuntos delitos de porte ilícito de armas, resistencia a la autoridad y daños a la propiedad privada. La decisión la tomó el juez 23 de control, Lenín Fernández Duarte, de Caracas, según informó la IPYS. El periodista, quien era editor de la revista Sexto Poder y columnista del periódico Reporte Diario de la Economía, se encuentra detenido desde el 3 de mayo de 2008 en el Penal del Tocuyito, ubicado en el estado Carabobo, al centro norte del país.
La CIDH considera que el artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social posee un lenguaje vago e impreciso que incrementa la posibilidad de que la norma sea aplicada en forma arbitraria por las autoridades competentes. Al respecto, es importante señalar que el Estado venezolano afirmó ante la CIDH que el “ordenamiento legal no define siendo concepto jurídico indeterminado”. En este punto, la CIDH observa con preocupación que la ambigüedad de los supuestos legales compromete el principio de legalidad, que obliga a los Estados a definir de forma expresa, precisa y clara, cada una de las conductas que pueden ser objeto de sanción.
Freedom House analizó “la amplia gama de ataques a la libertad de prensa” en Venezuela debida a la “vigilancia de los medios” por el Estado. En agosto, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) puso fin a dos estaciones de radio FM “que operaban sin las licencias apropiadas”, según FH. Los cierres fueron condenados en Venezuela y en el extranjero por motivos políticos. En septiembre, José Miguel Vivanco y Daniel Wilkinson, respectivamente, el director para las Américas y el director adjunto de Human Rights Watch, fueron expulsados del país después de la liberación de un informe crítico titulado Una Década de Chávez. También durante el pasado año, el Colegio Nacional de Periodistas acusó a Chávez de violar los derechos de la prensa, mientras que la Corte Interamericana de Derechos Humanos escuchó quejas similares de periodistas de televisión.
La CIDH denunció que los miembros del directorio de Conatel “pueden ser libremente designados y destituidos por el Presidente de la República sin que existan salvaguardas destinadas a asegurar su independencia e imparcialidad”.
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Asimismo, cabe señalar que siete de los once miembros del Directorio de Responsabilidad Social son elegidos por el poder ejecutivo, y que la Ley de Responsabilidad Social no establece criterio alguno para la designación de los miembros del Directorio de Responsabilidad Social, ni define un plazo fijo para el ejercicio de sus cargos ni establece causales taxativas para su remoción. No existen entonces garantías institucionales, orgánicas ni funcionales de independencia de los citados órganos.
La Relatoría Especial argumentó que la categoría “servicios públicos” que atañe a medios de comunicación públicos y privados puede “ser usada para restringir el derecho a la libertad de expresión de manera incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana”.
Por su parte, la Sociedad Interamericana de Prensa reiteró su alerta sobre las intenciones del gobierno de Venezuela de clausurar medios de comunicación independientes, entre éstos la televisora Globovisión, contra la que inició el sexto proceso administrativo, además de la amenaza de cierre contra 29 radioemisoras que se sumarían a otras 34 ya retiradas.
Los medios de radiodifusión son en gran parte propiedad del Gobierno, que opera en siete canales con cobertura nacional. Sin embargo, los principales periódicos de Venezuela son de propiedad privada y la mayoría se identifican con la oposición. Según FH, como resultado de ello, los periódicos son objeto de amenazas y violencia por parte del Gobierno y sus partidarios, que a veces lleva a la autocensura. Los medios locales y regionales son particularmente dependientes de los ingresos por publicidad del Gobierno, haciéndoles vulnerables a represalias económicas de los grupos de oposición al Gobierno.
Dentro de este entramado de procesos de limitación de la libertad de prensa, la CIDH observó que en los últimos meses de 2009 se incrementaron los procesos administrativos sancionatorios contra los medios de comunicación críticos con el Gobierno. De manera particular, llama la atención de la CIDH que en varios de estos casos, las investigaciones y procedimientos administrativos se iniciaron después de que las más altas autoridades del Estado llamaran a las entidades públicas, en especial a Conatel, a “actuar” contra Globovisión y otros medios independientes y críticos con el Gobierno.
Según RSF, desde que, el 27 de mayo de 2007, el canal privado Radio Caracas Televisión (RCTV) fuera excluido de las ondas hertzianas, Globovisión es el único medio televisivo de la red que lanza al aire una voz netamente crítica con su Gobierno. RSF envió el año pasado una carta al presidente venezolano en la que destacó que “nunca, en otros países de América Latina donde sus homólogos han tenido que enfrentarse a medios hostiles, o considerados como tales, la réplica del Estado ha asumido un cariz tan extremo. Nunca se ha dado la subordinación de la práctica totalidad del sector televisivo a una única voz dirigente. E, incluso, a veces se ha reanudado el diálogo. Es muy preocupante que este no sea el caso de Venezuela. Mantengo la esperanza de que ese diálogo pueda llegar algún día”.
Según deploró RSF “El presidente Hugo Chávez avisó recientemente de Globovisión dejaría las ondas por no modificar su línea editorial. Presionó a la Administración y a la Justicia en ese sentido. Hablando de un ‘problema de salud pública’ al respecto, el Presidente ha elegido un remedio peor que la enfermedad. La suspensión de su frecuencia hertziana sería el punto final de un auténtico acoso pleitista, jurídicamente discutible, en contra del canal por su contenido. Que el canal no sea libre de reproches no quita nada a la gravedad del proceso. No es digno de una democracia como Venezuela que el capricho del Jefe del Estado sea lo único en decidir del futuro de un medio de comunicación. Una vez liberado de Globovisión, Hugo Chávez dispondrá de un espacio televisual hertziano totalmente abnegado pero renuncia a un filtro mediático, lo que podría llevar a una radicalización de la oposición. Esta configuración es un revés para el pluralismo y el debate”.
El pasado 5 de septiembre, el ministro de Obras Públicas y Vivienda, Diosdado Cabello, anunció el inicio de un sexto proceso administrativo contra el canal Globovisión por presuntamente instigar el magnicidio y el golpe de Estado a través de un mensaje de texto mostrado durante la transmisión del programa de variedad Buenas Noches. También fue abierto un proceso administrativo contra una empresa independiente que produce el programa. De manera particular, durante 2008 y 2009 altas autoridades del Estado han descalificado la labor periodística y el rol de algunos medios de comunicación independientes del Gobierno, acusándolos de practicar “terrorismo mediático” y de fomentar un “discurso de odio” que afecta la “salud mental” de la población venezolana. En algunos casos, estas declaraciones se han visto seguidas de la apertura de procedimientos administrativos sancionatorios por parte de Conatel, entidad que depende del poder ejecutivo.
Este tipo de manifestaciones dieron lugar a que el 22 de mayo de 2009 el Relator de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH emitieran un comunicado de prensa conjunto. En dicho comunicado manifestaron que las declaraciones de altas autoridades estatales en contra de Globovisión y otros medios de comunicación privados en Venezuela contribuían a generar “un ambiente de intimidación”, que limitaba seriamente el derecho a la libertad de expresión en Venezuela. Los relatores especiales enfatizaron que “en una democracia, la crítica, la oposición y la contradicción, deben ser toleradas como condición del principio de pluralismo, protegido por el derecho a la libertad de expresión”, y que, por ello, “la labor de las autoridades es la de crear un clima en el cual todas las personas puedan exponer sus ideas u opiniones sin miedo a ser perseguidos, sancionados o estigmatizados”.
A continuación, se realizará un recuento de algunos de estos pronunciamientos, con una breve referencia al hecho que les dio origen.
Otro de los eventos que motivó declaraciones de altas autoridades públicas contra los canales privados independientes tuvo lugar después de la divulgación, el 4 de mayo de 2009, de la noticia sobre un seísmo que habría afectado a algunas localidades venezolanas. Esa madrugada, la producción del canal de televisión Globovisión intentó sin éxito comunicarse con Francisco Garcés, presidente de la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas (Funvisis), para que explicara el alcance del sismo. Alrededor de las 5:20 a.m., el director general de Globovisión Alberto Federico Ravell informó sobre lo sucedido y señaló que, de acuerdo con el Centro Geológico de los Estados Unidos, el temblor había sido de 5.4 grados en la escala de Richter. Indicó, asimismo, que la población debía mantener la calma en tanto no se habían registrado daños graves.
El 11 de mayo de 2009 el Ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores Nicolás Maduro acusó a Globovisión de “terrorista”, y a su director Alberto Ravell de practicar “terrorismo mediático” y de generar “zozobra y terror” en la población venezolana por la transmisión de informaciones sobre el sismo. El Ministro Maduro sostuvo que el “espectro radioeléctrico no deb[ía] usarse para generar terrorismo”, y que una “cosa e[ra] informar sobre un movimiento sísmico o sobre las lluvias y otra cosa e[ra] usar un hecho natural para tratar de generar zozobra y terror en la gente para intentar aprovecharlo políticamente para fines reñidos con la Constitución y la paz pública”
Asimismo, tal como lo señaló la Corte Interamericana, las autoridades venezolanas deben tomar en cuenta que “las personas que trabajan para determinado medio de comunicación social pueden ver exacerbadas las situaciones de riesgo a las que normalmente se verían enfrentados, si ese medio es objeto de discursos oficiales que pueden provocar, sugerir acciones o ser interpretados por funcionarios públicos o por sectores de la sociedad como instrucciones, instigaciones, o de cualquier forma autorizaciones o apoyos para la comisión de actos que pongan en riesgo o vulneren la vida, la seguridad persona u otros derechos de personas que ejercen labores periodísticas o de quienes ejercen esa libertad de expresión”.
Resulta fundamental recordar al Estado que los funcionarios públicos que ejercen su derecho a la libertad de expresión, también “están sometidos a ciertas limitaciones en cuanto a constatar de manera razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en los que fundamentan sus opiniones, y deberían hacerlo con una diligencia aún mayor a la empleada por los particulares, en atención al alto grado de credibilidad de la que gozan y en aras de evitar que los ciudadanos reciban una versión manipulada de los hechos”.
La CIDH expuso en su último informe que todo este contexto “implica que toda investigación administrativa que pueda conducir a la aplicación de sanciones a los medios de comunicación, debe cumplir, cuando menos, los siguientes requisitos: debe estar sometida completamente a la ley vigente más favorable; la ley aplicable no debe contener términos vagos e imprecisos que puedan conducir a la aplicación arbitraria de sanciones que limiten la libertad de expresión; que cualquier restricción legal a la libertad de expresión debe perseguir fines compatibles con la Convención Americana; toda sanción debe ser proporcionada y estrictamente necesaria para la satisfacción de los fines legítimos que la ley establece; en todo caso debe estar plenamente garantizado el debido proceso legal; y el órgano de aplicación de la ley debe ofrecer garantías de autonomía, independencia e imparcialidad”.
Tal como fuera señalado en la sección anterior, el 3 de julio de 2009 Conatel inició un procedimiento administrativo sancionatorio contra Venevisión, Meridiano TV, Televen, Globovisión, Onda 107.9 FM y Fiesta 106.5 FM, por la transmisión de avisos publicitarios del Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (en adelante, “Cedice”) y la Asociación Civil para el Fomento y Promoción del Esfuerzo (en adelante, “Asoesfuerzo”), relacionados con la “Campaña en Defensa de la Propiedad”. En la misma resolución, Conatel dictó además una medida cautelar contra Venevisión, Meridiano TV, Televen, Globovisión, Onda 107.9 FM y Fiesta 106.5 FM, para que se abstengan “en forma inmediata de difundir todas las propagandas que conforman la campaña ‘En Defensa de la Propiedad’ ofrecida por los anunciantes CEDICE y ASOESFUERZO, en sus distintas versiones o similares, tanto de radio como de televisión”.
Las piezas cuya difusión fue prohibida eran cuñas publicitarias contratadas por Cedice y Asoesfuerzo como parte de una campaña contra el denominado “Proyecto de ley de propiedad social” que cursaba en la Asamblea Nacional. En dichas piezas distintos personajes (como la que representaba a la nieta de un panadero, al hijo de un conductor, un agricultor o un ama de casa, entre otros) afirmaban que ellos y sus padres “habían trabajado muy duro” para lograr lo que tenían y cerraban diciendo: “Si intentan quitármelo, lo defenderé”. Al final de las cuñas el locutor en off indicaba: “La propiedad es tu orgullo, defiende la propiedad privada.”
La CIDH ha señalado en reiteradas ocasiones que la censura previa es el prototipo de violación extrema y radical de la libertad de expresión, precisamente, porque “por medio del poder público, se establecen medios para impedir en forma previa la libre circulación de información, ideas, opiniones o noticias, por cualquier tipo de procedimiento que condicione la expresión o la difusión de información al control del Estado”.
El 20 de octubre de 2009, el programa "Pro-Defensa del Derecho a la Educación", que se trasmitía por la emisora comunitaria Cielo 99.3 FM de Barcelona, capital del estado Anzoátegui, fue levantado del aire de forma intempestiva. Según denunció José Urbano, conductor del programa y director de la ONG del mismo nombre, el hecho ocurrió por órdenes del diputado Irán Aguilera, presidente del Consejo Legislativo Estatal, quien habría presionado a Otman Olivero, director de la radio, tras la denuncia emitida en el programa sobre un caso de abuso sexual por parte de un profesor hacia una alumna de una escuela de esa ciudad. En este sentido, el IPYS y la Sociedad Interamericana de la Prensa a través de su Informe de la Libertad de Prensa, reiteraron que durante la primera semana de enero de 2009, fueron cancelados dos programas en el canal Telellano y uno en radio Paraíso Stereo 102.9 FM. Los propietarios de los medios, que pertenecen al mismo grupo empresarial en el estado de Barinas, oeste del país, señalaron que la medida era una decisión familiar tras recibir una serie de presiones de las autoridades locales, encabezadas por el gobernador Adán Chávez.
Pero no fue el único episodio de intervención estatal sobre la libertad de prensa venezolana. El periodista Carlos Sulbarán denunció que le censuraron seis reportajes sobre temas políticos vinculados al Gobernador. El periodista dejó de trabajar en el canal en enero. Francisco Aguilar dijo al IPYS que tras la cancelación de los programas de Telellano, ya no hay espacios de opinión política. Por su parte, Tarquino González denunció que uno de los propietarios de Telellano le dijo que su programa sería suprimido de la agenda por cuestiones de reprogramación de la emisora. Luego le confesó que habían tenido muchas presiones por parte del Gobierno Regional.
Una fuente consultada por el IPYS, que prefirió mantenerse en el anonimato, denunció que tanto en el canal de televisión como en la emisora de radio está prohibido tratar temas que afecten a la imagen del Gobierno. Los periodistas tampoco pueden entrevistar a los ex candidatos disidentes Julio César Reyes (a la Gobernación) y Wilmer Azuaje (a la Alcaldía).
Actualmente, tanto la televisión por cable como la que emite vía satélite internacional no tienen que trasmitir de manera obligatoria la programación exigida al resto de cadenas del Estado. Sin embargo, el 9 de julio de 2009 el Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas Diosdado Cabello anunció que se emitiría una providencia administrativa con el fin de que cualquier emisión por cable que cuente con más de un 30% de “programación venezolana”, “entendiendo por ello a cualquier programa que cuente con participación profesional, financiera o técnica de origen venezolano, incluyendo la publicidad”, tenga las mismas obligaciones que las leyes le imponen a la televisión abierta. De esta manera, algunos canales por cable, que actualmente son clasificados como canales extranjeros dada la definición más estrecha que existía de la expresión “programación venezolana”, tendrán que someterse a esta imposición de la programación, según puntualizó el último informe de la CIDH.
El 3 de julio de 2009 el Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda Diosdado Cabello, después de anunciar el inicio de un proceso de democratización del espectro radioeléctrico, indicó que Conatel llevaría a cabo un proceso para establecer la posible revocatoria de las concesiones otorgadas a 240 emisoras de radio. Este anuncio sorpresivo estuvo seguido de la decisión de ordenar la suspensión de la trasmisión de 32 radioemisoras. En esta sección se explican los más importantes antecedentes de este proceso y algunos de los efectos de estas decisiones sobre el derecho a la libertad de expresión.
De acuerdo con la información recibida por la CIDH y publicada en su último informe, algunas de las radioemisoras afectadas por la decisión de revocar las licencias habrían informado oportunamente al Estado sobre novedades relevantes (como la muerte de uno de los titulares de la concesión), habrían solicitado oportunamente la trasformación de los títulos y habrían operado públicamente y mantenido relaciones con el Estado a través del pago de impuestos, la certificación de requisitos o adecuaciones técnicas, entre otros. En algunos casos, la muerte de alguno de los socios de las empresas concesionarias habría dado lugar a la correspondiente transformación del título, sin embargo, en otros casos el Estado habría omitido dar una respuesta oportuna a las correspondientes solicitudes de transformación. De acuerdo con estos datos, la manera en la que el Estado habría venido relacionándose con estas emisoras generaba en sus administradores la confianza de que sus solicitudes se resolverían atendiendo a las normas legales vigentes, según la práctica establecida y sin que resultara relevante la línea editorial del medio. El artículo 210 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones dispone que toda transformación de títulos debe realizarse con base a los principios de “transparencia, buena fe, igualdad y celeridad”.
Este mecanismo compromete el deber de neutralidad del Estado frente a los contenidos, afecta al derecho de todos los productores independientes a no ser censurados por razón de los contenidos de sus obras y el derecho del público a acceder a una información plural y diversa, distinta a aquélla que los funcionarios estatales consideren que debe ser divulgada.
La CIDH denunció que en Venezuela “no existe un marco jurídico que asegure que la asignación de subsidios para las artes y la cultura se realice de manera objetiva, respetando la obligación de neutralidad del Estado”. En ese contexto, se informó que la Asociación Cultural Skena y la Asociación Civil Teatro del Duende, que recibían subsidios del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, fueron excluidas de los Convenios de Cooperación Cultural por los cuales se les asignaba recursos para el desarrollo de sus actividades en el estado Miranda. De acuerdo con los datos entregados a la CIDH, el Ministerio del Poder Popular para la Cultura habría justificado su decisión en el criterio aplicable a los llamados “casos excepcionales”, según el cual “no se financiarán a colectivos e individualidades cuyas conductas públicas perniciosa[s] afecten la estabilidad psicológica y emocional colectiva de la población, haciendo uso de lenguaje ofensivo, descalificado, mintiendo y manipulando a través de campañas mediáticas dispuestas para tales fines”
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Robert Rivard, del diario estadounidense San Antonio Express-News, dijo que "debemos enfrentar las amenazas con la fuerza de la palabra; y con la fe y la confianza de que la democracia va a hacer que todo sobreviva".
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