PANAMÁ [informe 2007]

   
     
 

En materia de libertad de expresión, lo mejor que puede suceder a un país es tener una escasa presencia en los informes anuales de las instituciones que velan por ella. Ello quiere decir que se vive en situación de normalidad y tranquilidad. A Panamá le sucede eso pero, sin embargo, las clasificaciones internacionales advierten de que su situación ha empeorado en el último año, tanto que ha caído 15 puestos para RSF. Los cambios legislativos protagonizan este declive de la libertad de expresión en el país.

El 21 de marzo de 2007, el Presidente de la República panameña, Martín Torrijos, validó dos artículos del nuevo código penal que atentan a la libertad de prensa. Reporteros Sin Fronteras mostró su decepción por ello: “Avalando dos disposiciones del nuevo código penal, peligrosas para la libertad de prensa, el presidente Martín Torrijos limita el margen de maniobra de los periodistas hasta el punto de impedirles hacer su papel de contrapoder. La decisión nos causa una profunda decepción. Va a contracorriente de las evoluciones jurídicas, favorables a la prensa, en el continente americano. Esperamos que al final se presente un recurso de anticonstitucionalidad”.
La Asamblea Legislativa del país aprobó 448 modificaciones al código penal en materia de libertad de expresión. Dos de ellas ha provocado el rechazo de los profesionales panameños: el artículo 164 y el 422.
La Sociedad Interamericana de Prensa analiza el nuevo código penal y coincide en sus perjuicios para los profesionales. Para los delitos contra el honor, en cuanto a injuria y calumnia, la sanción será de entre 60 a 180 días, mientras que si la difamación es cometida a través de un medio de comunicación social oral o escrito o utilizando un sistema informático, será sancionado en caso de injuria con prisión de seis a doce meses o su equivalente en días-multa, y tratándose de calumnia, con prisión de doce a dieciocho meses o su equivalente en días- multa.
 

Es positivo, no obstante, que se elimine la responsabilidad penal por estos delitos y quede en civil. La retractación pública y consentida por el ofendido en los delitos contra el honor excluye de responsabilidad penal. Si los ofendidos son funcionarios, no se impondrá la sanción penal, lo cual no excluye la responsabilidad civil derivada del hecho. Se establece, además, que el acusado de calumnia quedará exento de pena probando la verdad de los hechos imputados. Al acusado de injuria sólo se le admitirá prueba de la verdad de sus imputaciones cuando no se refieran a la vida conyugal o privada del ofendido.
Además de las cuestiones anteriores, la Relatoría Especial de la CIDH destaca que la aprobación de la reforma al Código Penal contiene disposiciones que podrían afectar el derecho de los comunicadores a mantener la reserva de sus fuentes y que podrían ser usados para restringir en forma indebida el derecho de acceso a la información pública. Estos artículos son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, concluye.
La SIP también recoge que, por solidaridad con los medios venezolanos por el cierre de RCTV, el 4 de junio, todos los diarios de circulación nacional publicaron su página dos en negro, con el lema “Sin expresión no hay libertad, ni en Venezuela, ni en el resto del mundo”; igualmente, las emisoras de televisión abierta, los canales de cable con noticieros nacionales, y más de 40 emisoras de radio, simultáneamente durante los noticieros de mañana y noche, pusieron sus pantallas y frecuencias en negro silencioso, comunicando al final de 30 segundos el mismo mensaje.


 
 
Año
Muertos según IPI *
Muertos según IFJ**
Ranking RSF***
Puntuación RSF
Clasificación FH****
Puntuación FH

1994

 

 

 

Libre

27

 

1995

 

 

 

Libre

22

 

1996

 

 

 

Libre

30

 

1997

0

 

 

Libre

30

 

1998

0

 

 

Libre

30

 

1999

0

 

 

Libre

30

 

2000

0

0

 

Libre

30

0

2001

0

0

 

Libre

30

0

2002

0

0

15,5

Parcialmente libre

30

0

2003

0

0

9,75

Parcialmente libre

34

0

2004

0

0

14,5

Parcialmente libre

45

0

2005

0

0

15

Parcialmente libre

44

0

2006

0

0

9,5

Parcialmente libre

43

0

2007

0

0

17,88

Parcialmente libre

43

0